Con la denominación de “ASOCIACION WOMAN DEFENSE SOLIDARIA”, se constituye una organización de carácter asociativo y sin ánimo de lucro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, por la que se regula el derecho de asociación y demás legislación aplicable
La asociación constituida tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que fue creada, con sujeción a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.
El ámbito territorial en el que la asociación desarrollará principalmente sus actividades es: EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.
Actuar y organizar actividades que incrementen las relaciones entre los miembros de la Asociación, otras personas físicas y jurídicas que apoyen los fines de nuestra asociación y promuevan el conocimiento sobre cuestiones relacionadas con la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la lucha contra cualquier tipo de violencia, especialmente violencia de género. Todo esto a través de la cultura del deporte, entre otros.
Actuar como interlocutor valido ante las entidades y personas físicas, para defender la finalidad principal de estos estatutos y en materias que alcanzan las actividades de la Asociación.
Facilitar la comunicación y el acceso las fuentes de información en el ámbito de las personas asociadas. Promover y fomentar encuentros con profesionales, asociación u otros organismos de todos los ámbitos, en cumplimiento de los demás fines de la asociación.
Para el cumplimiento de sus fines, la asociación podrá organizar las siguientes actividades:
a) Actividades en favor de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
b) Actividades de prevención de la violencia, especialmente de cualquier tipo de violencia contra la mujer.
c) Actividades culturales y deportivas.
d) Cursos o acciones de formación.
e) Conferencias. Publicaciones
g) Entrevistas
h) Reuniones
i) Campañas de sensibilización
j) Discusiones
k) Competiciones
I) Formación en defensa personal femenina
m) Exposiciones
n) Actividades de ocio
o) Clases o seminarios
p) Todas aquellas que se consideren necesarias para la consecución de los fines de la Asociación.
Las utilidades obtenidas con cualquier fin se destinarán exclusivamente al cumplimiento de estos fines, sin que puedan ser distribuidas entre las personas asociadas u otras personas naturales o jurídicas con interés lucrativo.